• Ante la emergencia por Covid-19, esta prórroga en la condición Pyme busca agilizar el trámite de renovación y mantener el acceso a beneficios de la condición pyme.
  • La acción se enmarca dentro de la Directriz Presidencial 113-MP-MEIC que promueve en el sector público la prórroga de trámites y permisos.

A las empresas que se hayan registrado como pyme ante el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) y cuya condición se venza entre los meses de enero a diciembre del 2021,-inclusive-, se les ampliará automáticamente dicha renovación, con el fin de facilitar los trámites de las empresas ante los efectos negativos en la economía por la Covid-19.

La acción se enmarca dentro de la Directriz Presidencial 113-MP-MEIC, que promueve el sector público para realizar una revisión de la vigencia de los permisos, licencias, autorizaciones o concesiones que se habilitan a personas físicas o jurídicas para ejercer alguna actividad productiva, económica, comercial o de cualquier otra naturaleza.

De esta manera las empresas, no solo evitarán la realización de trámites que afecten la continuidad de sus actividades, sino que también podrán mantener la vigencia de los siguientes beneficios, derivados de la Ley 8262 “Ley de Fortalecimiento a las Pymes:

prórroga en la condición Pyme

  • Participación como proveedor pymes del Estado.
  • Financiamiento, avales y garantías por medio del FODEMIPYME del Banco Popular.
  • Acceso a fondos no reembolsables para innovación con el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).
  • Servicios de desarrollo empresarial como: charlas, capacitaciones, talleres, entre otros.
  • Ferias empresariales y encuentros de negocios.
  • Tarifa preferencial en la revalidación anual de empresas ante el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.
  • Tarifa diferenciada de $5 a gestores de residuos, micro y pequeñas. Art 1- 49 Decreto N° 41526-S-MINAE-H
  • Tarifas preferenciales: PYMExpress y Exportafácil.
  • Financiamiento del Sistema de Banca para el Desarrollo, INDER y otras entidades.
  • Exoneración impuesto personas jurídicas: micro y pequeñas empresas.
  • Exoneración IVA alquiler micro y pequeñas empresas, monto menor a Ȼ669,000
  • Pago escalonado para patronos ante CCSS para nuevas microempresas hasta cinco empleados.
  • Permiso sanitario de funcionamiento microempresas: tarifa única de $20.
  • Tarifa preferencial en registros sanitarios para microempresas (20% de la tarifa vigente).
  • Período de gracia (no pago) primeros tres años para la certificación de drones ante la Dirección General de Aviación Civil.
  • Exoneración escalonada para la micro y pequeña empresa en el pago del impuesto sobre la renta, primeros tres años de operaciones (Ley 9635 Ministerio de Hacienda).

“Conscientes de la situación que enfrentan las empresas es indispensable apoyar al parque empresarial pyme; por eso una vez más el MEIC prorroga la vigencia de la condición pyme, con el fin de avanzar en la simplificación de trámites y facilitar el clima de negocios. Además, con esta acción no solo buscamos brindar una respuesta rápida y oportuna a las necesidades de los empresarios, sino también evitar que las personas se trasladen a la institución con el fin de mitigar los contagios”, manifestó Victoria Hernandez, ministra de Economía.

Por medio del correo electrónico oficial, la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME), le comunicará a las empresas sobre esta prórroga.

Registro Pyme por primera vez

Las empresas que deseen realizar la solicitud de registro por primera vez, podrán hacerlo por medio de una declaración jurada, por lo que no es necesario que adjunte los requisitos que se indican en la normativa, como son la última declaración de renta y el recibo del pago de la póliza de riesgos de trabajo.

Una vez que el usuario suba la información al sistema, será analizada y en caso de que la documentación esté completa, se le indicará su aprobación por correo electrónico. En caso de algún inconveniente en la inscripción, tendrá 10 días hábiles adicionales para corregir.

Pasos para solicitud del registro:

Regístrese como usuario en: https://www.siec.go.cr/DIGEPYME/login.jsp y descargar el formulario, que funciona como declaración jurada.

En el proceso, el sistema le pedirá adjuntar los comprobantes de los requisitos adicionales, para lo cual deberá incluir un documento en blanco; de lo contrario, no podrá continuar el proceso.

Si cuenta con firma digital, puede hacerlo en MEIC Directo: https://meicdirecto.bccr.fi.cr/sitio/MEICDirecto/Inicio.

Se les recuerda que este registro es un trámite gratuito y voluntario.

En caso de que requiera una Constancia PYME, debe solicitarse por medio de correo electrónico: siec@meic.go.cr y el MEIC haría el envío respectivo de manera digital.

Fuente: https://www.meic.go.cr/meic/comunicado/1076/meic-ampliara-automaticamente-condicion-pyme-a-las-empresas-registradas.php

Por: Yoselyn Vega Chavez
Project Manager | Auditaxes Costa Rica